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Informe de esfuerzo de integración

El Reglamento de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, se refiere al informe de esfuerzo de integración.

Es un informe que emite la Comunidad Autónoma, a solicitud de un ciudadano extranjero.

NO SE HA DE PRESENTAR OBLIGATORIAMENTE, pero puede ser alegado por el extranjero en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para la renovación de la autorización y será tenido en cuenta como información que debe valorar la oficina de Extranjería.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, el informe de esfuerzo de integración sólo puede ser valorado en los procedimientos:

· Renovación de autorizaciones de residencia temporal no lucrativa (art. 51.6 del Reglamento).

· Renovación de autorizaciones de residencia temporal por reagrupación familiar (art. 61.7 del Reglamento).

· Renovación de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (art. 71.6 del Reglamento).

· Renovación de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia (art. 109.6 del Reglamento).

Código SIA

208135

Personas destinatarias

Pueden solicitar la emisión del informe de esfuerzo de integración las personas inmigradas que cumplan los requisitos siguientes:

a) Estar empadronada en un municipio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

b) Tener autorización de residencia temporal inicial o renovada.

c) Haber participado de manera activa en acciones formativas dirigidas en la integración social de personas inmigrantes, desarrolladas por entidades públicas o privadas acreditadas, de conformidad con lo que establece la cláusula quinta de esta Instrucción.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para emitir un informe positivo o negativo y notificarlo es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Instrucción 1/2013, de 4 de febrero
    Instrucción 1/2013, de 4 de febrero, de la directora general de Cooperación e Inmigración, por la que se establecen los criterios generales para elaborar los informes de esfuerzo de integración para la renovación de autorizaciones de residencia.

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

-Estar empadronada en un municipio de la comunidad autónoma de las Illes Balears .

-Tener autorización de residencia temporal inicial o renovada.

-Haber participado de manera activa en acciones formativas dirigidas a la integración social de personas inmigrantes, desarrolladas por entidades públicas o privadas acreditadas.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Cerrado temporalmente

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200 - Fax:

(immigracio@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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